miércoles, 17 de julio de 2013

RECORDATORIO SOBRE LA INSCRIPICION DE PRECANDIDATURAS A LAS DIPUTACIONES



INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPICION DE PRECANDIDATURAS A LAS DIPUTACIONES, QUE REPRESENTARAN AL PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO PARA LAS ELECCIONES NACIONALES DE FEBRERO DEL 2014.


ARTICULO PRIMERO:

LINEAMIENTO GENERAL

Este instructivo tiene como objetivo delimitar las pautas a seguir por parte de los militantes del partido Movimiento Libertario interesados en inscribir su precandidatura para optar al puesto de diputado (a) para las elecciones nacionales de Febrero del 2014.


ARTICULO SEGUNDO:

PERIODO DE INSCRIPCION

El período de inscripción será del primero (1) de Julio hasta el veintidós  (22) de Julio del 2013, en Casa Libertaria, en horario de ocho y media (8:30) de la mañana hasta las cinco (5) de la tarde, con hora de Casa Libertaria.


ARTICULO TERCERO:

REQUISITOS

A-La inscripción de las precandidaturas es de carácter personalísimo.

      B- Dicho pago de la inscripción deberá tener el respectivo nombre del precandidato o precandidata , se podrá hacer- en EFECTIVO, DEPÓSITO O TRANSFERENCIA BANCARIA, (Favor coordinar con Roger Segura (22838600) para lo relacionado con el número de cuenta a depositar o la transferencia, en caso de esta última sujeta a copia del recibo impreso de la transferencia, que puede ser enviada escaneada por correo electrónico a rsegura@movimientolibertario.com), igualmente también se aceptará CHEQUE CERTIFICADO A NOMBRE DEL PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO, en Casa Libertaria, con fecha límite al 22 de Julio de 2013 hasta las 17:00 (5 de la tarde); en cualquiera de estos tres tipos de pago deberá de contar finalmente el precandidato o precandidata con el recibo por parte del departamento de contabilidad del partido o gerente de casa libertaria don Ronaldo Alfaro García, que consignará su nombre para su precandidatura a la diputación.

C- Será transferible el pago de inscripción ya realizado por un militante hacia otro interesado en optar por una precandidatura a la diputación y se podrá reembolsar el pago de la precandidatura, solamente antes de la fecha y hora límite del cierre de inscripción ( 22 de Julio a las cinco de la tarde), todo con la debida autorización del departamento de contabilidad del partido o del Gerente de Casa Libertaria don Ronaldo Alfaro García y de la persona que transfiere.

D- Los aspirantes a una precandidatura a la diputación y que quieran participar en el primer, segundo y tercer lugar no los excluye, en caso de no obtener esa posición, en participar en los restantes puestos de las nómina de diputados de la respectiva provincia, claramente entendiendo los principios de paridad y alterabilidad de género expuestos en el código electoral y el estatuto partidario que se deben respetar en la nómina.

E-El aspirante a la precandidatura por una diputación deberá firmar autorización en casa libertaria para que el partido pueda consultar su hoja de vida (Datum).

F- El aspirante a la precandidatura deberá presentar curriculum vitae, máximo una hoja con foto y enviarla al gerente de Casa Libertaria Ronaldo Alfaro García al correo electrónico ralfaro@movimientolibertario.com.

G- Los requisitos de los puntos E y F tendrán fecha y hora límite de presentación hasta el 22 de Julio del 2013 a las cinco de la tarde.

 ARTICULO QUINTO:
Costos de la precandidatura a la diputación según la provincia en que se participará.

  • San José
Primero y segundo  lugar: 4 millones de colones.
Tercer lugar: 3 millones de colones.
Cuarto lugar: 2 millones de colones.
  • Alajuela
Primero y segundo: 4 millones de colones.
Tercer lugar: 2 millones de colones.

  • Cartago
Primer lugar: 4 millones de colones.
Segundo lugar: 2 millones de colones.
  • Heredia
Primer lugar: 4 millones de colones.
Segundo lugar: 2 millones de colones.
  • Limón
Primer lugar: 4 millones de colones.
Segundo lugar: 2 millones de colones.
  • Puntarenas
Primer lugar: 4 millones de colones.
Segundo lugar: 2 millones de colones.
  • Guanacaste
Primer lugar: 4 millones de colones.
Segundo lugar: 1 millones de colones.

ARTICULO SEXTO:

Disposiciones finales
Todos los militantes interesados en la precandidatura a la diputación se comprometen a cumplir TODOS los  requisitos aquí dispuestos en este instructivo y en el numeral 108 de la Constitución Política. No se tramitarán inscripciones de precandidaturas incompletas o extemporáneas.




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