miércoles, 8 de mayo de 2013

PROYECTO DE LEY “CREACION DE FIDEICOMISO DE OBRA PUBLICA, PARA LA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA SAN JOSE-SAN RAMON”






ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA


PROYECTO DE LEY
“CREACION DE FIDEICOMISO DE OBRA PUBLICA,
PARA LA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA
SAN JOSE-SAN RAMON”

DE
VARIOS DIPUTADOS





EXPEDIENTE N.º ______




 

PROYECTO DE LEY


“CREACION DE FIDEICOMISO DE OBRA PUBLICA,

PARA LA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA

SAN JOSE-SAN RAMON”

Expediente N.º _____

EXPOSICION DE MOTIVOS

Es clara la necesidad de ampliar, mantener  y  mejorar la carretera entre San José y San Ramón. Se argumentó en su momento que el Estado no tenía recursos. Por ese motivo se concesionó en el año 2004.  Después de muchos años de espera y por la inacción  de la concesionaria, el gobierno actual permitió que ésta cediera el contrato de concesión a la empresa OAS. Dicho contrato fue renegociado en términos inaceptables para casi todos los costarricenses, lo que produjo  una gran presión social para que dicha concesión fuera rechazada. Finalmente  la Presidenta cede y  deja sin efecto ese contrato de concesión. Quedan pendientes dos temas:  la posible indemnización a la empresa concesionaria  -algo que nos parece inaceptable- pero que finalmente será dirimido en los tribunales de justicia; y cómo financiar la construcción de esa necesaria carretera.

 La carretera San José-San Ramón constituye una  deuda histórica con los cantones de la zona occidente de la provincia de Alajuela, en especial San Ramón,  y actualmente es una necesidad aún mayor que lo que fue en el 2004 cuando se concesionó.

Un análisis  de las alternativas económicas  para la construcción de esta carretera determinan en primer lugar que en el presupuesto nacional no hay recursos para dicha obra, y   en segundo lugar,  la opción  de salir a buscar un préstamo con algún organismo internacional y tramitarlo luego en la Asamblea Legislativa puede tomar mucho tiempo y hacer la espera aún mayor para los habitantes de zona de occidente. Además, como cualquier préstamo éste deberá ser cancelado, ya sea mediante recursos provenientes del presupuesto nacional, que con un déficit fiscal del 5% del PIB no vemos posible,  o mediante peajes, los cuales serían muy onerosos para los usuarios de esa carretera.

En vista de las complicaciones para hacerlo vía préstamo, y desechada la idea de la concesión, debemos explorar por otras vías. Dichosamente existen recursos en el sector público a los que podríamos "echar mano" sin costo alguno: no habría que pagarlos de vuelta a través del presupuesto nacional o mediante peajes.

El INS es de todos y por lo tanto sus utilidades acumuladas, o superavit libre, puede ser utilizado para beneficio de todos los costarricenses,  pues posee una suma muy alta de utilidades acumuladas, tanto así que su Presidente Ejecutivo Guillermo Constela  pretende utilizar $300 millones, para comprar una empresa aseguradora privada en Centroamérica. Consideramos que es un mejor uso social emplear esos $300 millones para la construcción y mejoramiento de la carretera San José-San Ramón, que arriesgarlos en una aventura empresarial en otro país, enriqueciendo a los dueños extranjeros de la empresa que se compraría, y con muy serios problemas de supervisión por parte de SUGESE, y de la Contraloría General de la República que hoy está en la picota por el proceso de refrendo de la cesión del contrato de concesión.

Si el  dinero está disponible, no habría  necesidad de  endeudarnos, así como  tampoco  de concesionar la carretera, y  se fijarían peajes con valor razonable con el único propósito de darle mantenimiento a esa obra.  
Mediante este proyecto de ley pretendemos que ese dinero se traslade a un FIDEICOMISO con un banco estatal, para que éste pague a  los contratistas que se encargarían de las diferentes obras de esa carretera,  licitadas por el CONAVI en el menor plazo posible y en varios frentes de trabajo al mismo tiempo. Esta figura del FIDEICOMISO se ha utilizado en el sector público reiteradamente con buen suceso,  ejemplos de ello, son los fideicomisos  utilizados  por instituciones como: Ministerio de Educación Pública (MEP), la Caja Costarricense del Seguro Social, la Universidad de Costa Rica,  el Ministerio de Hacienda y Aduanas, la Universidad Estatal a Distancia, entre otros.
La aprobación de este proyecto de ley debe venir de la mano con la acción del Poder Ejecutivo  de emitir una directriz a la Junta Directiva del INS, que es una empresa de todos los costarricenses, para que desista de su intención de utilizar e $300 millones de utilidades acumuladas en la aventura empresarial de comprar una empresa aseguradora en Centroamérica, repetimos lejos del brazo fiscalizador de la Contraloría General de la República o de la Superintendencia de Seguros, y en su lugar deberá el INS trasladar a título gratuito ese dinero al Fideicomiso creado mediante esta ley.

Por último es  menester aclarar que el dinero utilizado no son reservas técnicas de nuestra entidad aseguradora, y que este fideicomiso tendrá la fiscalización por parte de la Contraloría General de la República.

La Presidenta pide opciones, nosotros le presentamos por lo tanto el siguiente proyecto de ley:


LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:


“CREACION DE FIDEICOMISO DE OBRA PUBLICA,

PARA LA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA

SAN JOSE-SAN RAMON”



Artículo 1.- AUTORIZACIÓN
Autorízase al Instituto Nacional de Seguros para que traslade a título gratuito el monto de ciento cincuenta mil millones de colones (150.000 millones) al Fideicomiso Carretera San José – San Ramón que se deberá constituir con un Banco estatal del Sistema Financiero Nacional. El INS deberá ajustar sus estados financieros al momento de realizar esa transferencia de recursos al Fideicomiso.

Artículo 2.- CREACIÓN DEL FIDEICOMISO
Autorícese al Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), a constituir el FIDEICOMISO Carretera San José – San Ramón,  con cualquiera de los bancos comerciales del Estado, el cual estará sujeto a la fiscalización de la Contraloría General de la República.

Artículo 3.- FINES DEL FIDEICOMISO
La finalidad del Fideicomiso será la construcción, mejoramiento y mantenimiento de la carretera San José – San Ramón, incluyendo todas las obras que supuestamente iba a desarrollar la empresa concesionaria de esa carretera.

Artículo 4.- PATRIMONIO DEL FIDEICOMISO
El Patrimonio del Fideicomiso serán los ciento cincuenta mil millones de colones  que le transfiera el INS de sus utilidades acumuladas, el monto de los peajes que se establezcan para cubrir los gastos de mantenimiento de la carretera,  los rendimientos financieros de todos esos dineros, y cualquier otra transferencia que el Gobierno central le hiciere vía presupuesto nacional.

Artículo 5.-  GASTOS ADMINISTRATIVOS
Para gastos administrativos del Fideicomiso solamente se podrá destinar un 5% del monto total fideicometido.

ARTÍCULO 6.-         DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICOSe declara de interés público la presente ley y, por su carácter especial, prevalecerá sobre cualquiera que se le oponga.

ARTÍCULO 7.-  Rige a partir de su publicación.

















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