Comunicado
de Prensa
Diputada
Mireya Zamora A.
23
de julio de 2013 Nº 143
Esta mañana la Comisión Permanente Especial de
la Mujer aprobó el proyecto de ley número 18136, denominado: “Ley Contra el Acoso
Laboral en el Sector Público y Privado”.
Al respecto, la
proponente del proyecto, Diputada Mireya Zamora Alvarado, aseguró: “El
objetivo fundamental de este proyecto es llenar un vacío legal en torno al tema
del acoso laboral, mediante el establecimiento de un marco jurídico que regule, prohíba, prevenga y sancione esta indeseable
conducta.”
En el proyecto, el Acoso Laboral se
define como todo maltrato continuo, sistemático y deliberado de una o diversas
personas a otra u otras, durante la relación laboral o en el lugar de trabajo
sin considerar el puesto que ocupe, sea mediante comportamientos, acciones
agresivas, u omisiones con la finalidad de degradar sus condiciones de trabajo,
el prestigio laboral, familiar, la salud física y/o psicológica.
“El artículo 56 de nuestra Constitución Política
claramente establece que el trabajo es un derecho del individuo y una
obligación con la sociedad; por lo que es obligación del Estado establecer un
ambiente de seguridad y salud en la relaciones de trabajo; no obstante,
al día de hoy, el vacío legal en relación a esta temática ha permitido que por
muchos años este flagelo haya afectado la calidad de vida de una importante
cantidad de trabajadores en Costa Rica, y en especial a las mujeres”,
añadió.
Las
sanciones por acoso laboral que establece esta iniciativa se aplicarán según la
gravedad de los hechos denunciados, lo cual queda sujeto a la valoración del
juzgador, y serán: Amonestación por escrito con copia al expediente; la
suspensión hasta por un mes; y despido sin responsabilidad patronal. Lo anterior,
sin perjuicio de que la persona acosada pueda acudir a la vía penal,
cuando la persona acosadora incurra en las conductas tipificadas como amenazas,
la coacción, así como las injurias, calumnias o difamación sin perjuicio de
otras conductas constitutivas de hechos punibles, conforme al Código Penal.
Adicionalmente se establecen
sanciones para las personas que ocupen puestos de elección popular. Para los
Diputados, la sanción será la de una amonestación ética pública. En el caso de
los Alcaldes e Intendentes, los Regidores y Síndicos municipales, suplentes y
propietarios, de acuerdo a la gravedad de los hechos se aplicará: amonestación
escrita, la suspensión o la pérdida de la credencial.
Ahora el proyecto pasará al Plenario
Legislativo o a una Comisión Plena donde recibirá la discusión final que lo
convertirá en ley de la República.
Raquel
Barboza
Asesora
de Prensa
Diputada
Mireya Zamora Alvarado
Asamblea
Legislativa de Costa Rica
Tels.
2243-2926 /2979
Cel.
8307-1156
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