Presidencia del Partido Movimiento Libertario
Asunto:
INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPCION DE PRECANDIDATURAS PARA LA FORMULA
PRESIDENCIAL (CANDIDATOS A PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES DE LA REPUBLICA), QUE REPRESENTARAN
AL PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO PARA LAS ELECCIONES NACIONALES DE FEBRERO DEL
2014
e
INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPCION DE PRECANDIDATURAS DE PUESTOS
VACANTES A LAS DIPUTACIONES, QUE REPRESENTARAN AL PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO
PARA LAS ELECCIONES NACIONALES DE FEBRERO DEL 2014.
A
todos los miembros afiliados(as) del partido:
Deseándoles un cordial saludo, adjunto
dos instructivos:
INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPCION DE
PRECANDIDATURAS PARA LA FORMULA PRESIDENCIAL (CANDIDATOS A PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES
DE LA REPUBLICA), QUE REPRESENTARAN AL PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO PARA LAS
ELECCIONES NACIONALES DE FEBRERO DEL 2014 y el INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPCION
DE PRECANDIDATURAS DE PUESTOS VACANTES A LAS DIPUTACIONES, QUE REPRESENTARAN AL
PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO PARA LAS ELECCIONES NACIONALES DE FEBRERO DEL
2014 aprobados por el
Comité Ejecutivo Nacional en sesión extraordinaria número 09 del 11 de
Setiembre del 2013; El período de inscripción en ambos instructivos será del
Lunes dieciséis (16) al Viernes veinte (20) de Setiembre del 2013 y del Lunes
veintitrés(23) hasta el Miércoles veinticinco(25) del mismo mes en Casa
Libertaria, en horario de nueve (9:00) de la mañana hasta las cinco (5) de la
tarde, con hora de Casa Libertaria.
Atentamente:
Danilo Cubero
Corrales
Presidente
Partido Movimiento
Libertario
INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPCION DE
PRECANDIDATURAS PARA LA FORMULA PRESIDENCIAL (CANDIDATOS A PRESIDENTE Y
VICEPRESIDENTES DE LA REPUBLICA), QUE REPRESENTARAN AL PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO
PARA LAS ELECCIONES NACIONALES DE FEBRERO DEL 2014.
ARTICULO PRIMERO:
LINEAMIENTO GENERAL
Este instructivo tiene como objetivo delimitar las pautas a seguir
por parte de los militantes del partido Movimiento Libertario interesados en inscribir
su fórmula presidencial (Candidatos a presidente y vicepresidentes de la
república) para las elecciones nacionales de Febrero del 2014.
ARTICULO SEGUNDO:
PERIODO DE INSCRIPCION
El período de inscripción será del Lunes dieciséis (16) al Viernes
veinte (20) de Setiembre del 2013 y del Lunes veintitrés(23) hasta el
Miércoles veinticinco(25) del mismo mes
en Casa Libertaria, en horario de nueve (9:00) de la mañana hasta las cinco (5)
de la tarde, con hora de Casa Libertaria.
ARTICULO TERCERO:
REQUISITOS
A-La inscripción de la fórmula presidencial es de carácter
personalísimo.
B- Dicho
pago de la inscripción deberá tener el respectivo nombre del precandidato o
precandidata , se podrá hacer- en EFECTIVO, DEPÓSITO O TRANSFERENCIA
BANCARIA, (Favor coordinar con Roger Segura (22838600) para lo relacionado con
el número de cuenta a depositar o la transferencia, en caso de esta última sujeta a copia del recibo impreso de la transferencia, que puede ser
enviada escaneada por correo electrónico a rsegura@movimientolibertario.com),
igualmente
también se aceptará CHEQUE CERTIFICADO A NOMBRE DEL PARTIDO MOVIMIENTO
LIBERTARIO, en Casa Libertaria, con fecha límite al 25 de Setiembre de 2013
hasta las 17:00 (5 de la tarde); en cualquiera de estos tres tipos de pago
deberá de contar finalmente el precandidato o precandidata con el recibo por
parte del departamento de contabilidad del partido o gerente de casa libertaria
don Ronaldo Alfaro García, que consignará los nombres integrantes de la fórmula
presidencial.
C-Los aspirantes que integran la fórmula
presidencial (Candidatura a presidente y vicepresidencias de la República)
deberán firmar autorización en casa libertaria para que el partido pueda
consultar su hoja de vida (Datum).
D- Los aspirantes que integran la fórmula
presidencial deberán presentar curriculum vitae, máximo una hoja con foto y
enviarla al gerente de Casa Libertaria Ronaldo Alfaro García al correo
electrónico ralfaro@movimientolibertario.com.
E- Los requisitos de los puntos C y D
tendrán fecha y hora límite de presentación hasta el 25 de Setiembre del 2013 a
las cinco de la tarde.
ARTICULO QUINTO:
Costo
de la fórmula presidencial (Candidatura
a presidente y vicepresidencias de la República)
- Seis (6) millones de
colones
ARTICULO SEXTO:
Disposiciones finales
Todos
los militantes interesados en realizar o integrar la fórmula presidencial (Candidatura
a presidente y vicepresidencias de la República) se comprometen a cumplir TODOS
los requisitos aquí dispuestos en este
instructivo y en el numeral 131 de la Constitución Política. No se
tramitarán inscripciones de precandidaturas incompletas o extemporáneas.
INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPCION DE
PRECANDIDATURAS DE PUESTOS VACANTES A LAS DIPUTACIONES, QUE REPRESENTARAN AL
PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO PARA LAS ELECCIONES NACIONALES DE FEBRERO DEL
2014.
ARTICULO PRIMERO:
LINEAMIENTO GENERAL
Este instructivo tiene como objetivo delimitar las pautas a seguir
por parte de los militantes del partido Movimiento Libertario interesados en
inscribir su precandidatura para optar al puesto de diputado (a) para las
elecciones nacionales de Febrero del 2014.
ARTICULO SEGUNDO:
PERIODO DE INSCRIPCION
El período de inscripción será del Lunes dieciséis (16) al Viernes
veinte (20) de Setiembre del 2013 y del Lunes veintitrés(23) hasta el
Miércoles veinticinco(25) del mismo mes en
Casa Libertaria, en horario de nueve (9:00) de la mañana hasta las cinco (5) de
la tarde, con hora de Casa Libertaria.
ARTICULO TERCERO:
REQUISITOS
A-La inscripción de las precandidaturas con costo económico es de
carácter personalísimo.
B- Dicho
pago de la inscripción de la precandidatura que tenga costo económico deberá
tener el respectivo nombre del precandidato o precandidata, se podrá hacer- en EFECTIVO,
DEPÓSITO O TRANSFERENCIA BANCARIA, (Favor coordinar con Roger Segura (22838600)
para lo relacionado con el número de cuenta a depositar o la transferencia, en
caso de esta última sujeta a copia del recibo impreso de la
transferencia, que puede ser enviada escaneada por correo electrónico a rsegura@movimientolibertario.com),
igualmente
también se aceptará CHEQUE CERTIFICADO A NOMBRE DEL PARTIDO MOVIMIENTO
LIBERTARIO, en Casa Libertaria, con fecha límite al 25 de Setiembre de 2013
hasta las 17:00 (5 de la tarde); en cualquiera de estos tres tipos de pago
deberá de contar finalmente el precandidato o precandidata con el recibo por
parte del departamento de contabilidad del partido o gerente de casa libertaria
don Ronaldo Alfaro García, que consignará su nombre para su precandidatura a la
diputación.
C- Será transferible el pago
de inscripción ya realizado por un militante hacia otro interesado en optar por
una precandidatura a la diputación con costo económico y se podrá reembolsar el pago de la
precandidatura, solamente antes de la fecha y hora límite del cierre de
inscripción (25 de Setiembre a las cinco de la tarde), todo con la debida
autorización del departamento de contabilidad del partido o del Gerente de Casa
Libertaria don Ronaldo Alfaro García y de la persona que transfiere.
D-El aspirante a la precandidatura por
una diputación deberá firmar autorización en casa libertaria para que el
partido pueda consultar su hoja de vida (Datum).
E- El aspirante a la precandidatura deberá
presentar curriculum vitae, máximo una hoja con foto y enviarla al
gerente de Casa Libertaria Ronaldo Alfaro García al correo electrónico ralfaro@movimientolibertario.com.
F- Los requisitos de los puntos D y E
tendrán fecha y hora límite de presentación hasta el 25 de Setiembre del 2013 a
las cinco de la tarde.
ARTICULO QUINTO:
Precandidatura
a la diputación con costo económico, por inscripción, según la provincia en que
se participará:
Primer lugar: 4
millones de colones.
Tercer lugar: 2
millones de colones.
Segundo lugar: 2
millones de colones.
Segundo lugar: 2
millones de colones.
ARTICULO SEXTO:
Precandidaturas de puestos a
las diputaciones, sin costo económico, por inscripción, según la provincia en
que se participará.
San
José: Del sexto al décimo noveno lugar.
Alajuela:
Del cuarto al décimo primer lugar.
Cartago:
Del tercero al sétimo lugar.
Heredia:
Del cuarto al sexto lugar.
Puntarenas:
Del tercero al quinto lugar
Limón:
Tercero y quinto lugar.
Según lo que establece el artículo 151 del
Código Electoral, los partidos políticos que participen en la elección de Diputados
designarán, además, un exceso de candidatos a Diputados de un veinticinco por
ciento, el cual será por lo menos de dos
candidatos, por lo que deberán designar un exceso de cinco candidatos a
Diputados por la provincia de San José, tres por Alajuela y dos por cada una de
las otras provincias.
Recordar que esa nómina de los
candidatos a diputados considerados por nomenclatura como suplentes debe tener alternancia, paridad y el 20
porciento de juventud según lo establece el estatuto del partido, en ese sentido totalmente independiente
de la nómina de los candidatos “propietarios”.
ARTICULO SETIMO
Los
requisitos de la inscripción de precandidaturas de puestos a las diputaciones,
sin costo económico, por inscripción, según la provincia en que se participará,
son las siguientes:
A- Hacer la inscripción en Casa Libertaria
con Ronaldo Alfaro García o con Roger Segura, se les consignará el número de
puesto de su predilección.
B- Una persona podrá presentar varias
inscripciones de precandidatos siempre y cuando venga acompañada de una nota
firmada con copia de la cédula por el respectivo precandidato, señalando en
esta el número de puesto y la provincia en que se postula.
C-
El aspirante a la precandidatura deberá presentar curriculum vitae,
máximo una hoja con foto y enviarla al gerente de Casa Libertaria Ronaldo
Alfaro García al correo electrónico ralfaro@movimientolibertario.com.
ARTICULO OCTAVO
Disposiciones finales
Todos
los militantes interesados en la precandidatura a la diputación se comprometen
a cumplir TODOS los requisitos
aquí dispuestos en este instructivo y en el numeral 108 de la Constitución
Política. No se tramitarán inscripciones de precandidaturas incompletas o
extemporáneas.