Nº 52-IC-P-2013.- DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO ELECTORAL Y
FINANCIAMIENTO DE PARTIDOS POLITICOS. San José, a las diez horas con
cincuenta y nueve minutos del día dieciocho de octubre del año dos mil trece.-Solicitud de inscripción de candidaturas para DIPUTADOS
ante la Asamblea Legislativa, por la provincia de
PUNTARENAS del partido MOVIMIENTO LIBERTARIO.-RESULTANDO
1.- A las trece horas con cincuenta y seis minutos del día nueve de octubre del año
dos mil trece, fue presentado ante este Despacho formulario suscrito por VICTOR
DANILO CUBERO CORRALES, cédula de identidad número 204680555, en su calidad
de PRESIDENTE PROPIETARIO del Comité Ejecutivo Superior del partido
MOVIMIENTO LIBERTARIO; solicitando la inscripción de candidaturas para
DIPUTADOS ante la Asamblea Legislativa representando a la provincia de
PUNTARENAS.
2.- Para el dictado de esta resolución se han observado los procedimientos de ley.
CONSIDERANDO
UNICO: Realizados los estudios correspondientes, estando presentada en tiempo y
forma la solicitud de inscripción y habiéndose cumplido con todos los requisitos exigidos
por el ordenamiento electoral en los artículos 108 y siguientes de la Constitución
Política, 148 del Código Electoral y 5 del Reglamento para la Inscripción de
Candidaturas y Sorteo de la posición de los Partidos Políticos en las Papeletas, es
procedente inscribir por la provincia de PUNTARENAS:
Como candidatos a Diputados a:
CARLOS ALBERTO MORA SOLANO, Cédula Nº 108710507 1 Propietario
SINDY GIOVANNA SCAFIDI AMPIE, Cédula Nº 108470378 2 Propietario
conocido como MADELINE AMPIE CHACON
EDDEL CUBERO MORA, Cédula Nº 601840130 3 Propietario
PATRICIA MAYELA BOLAÑOS MURILLO, Cédula Nº 601740642 4 Propietario
FABIAN MIGUEL LARA QUIROS, Cédula Nº 206940402 5 Propietario
JOSE MIGUEL GONZALEZ MONTERO, Cédula Nº 203680799 1 Sustituto
GRETTEL ADRIANA VEGA CISNEROS, Cédula Nº 602070971 2 Sustituto
Se ordena inscribir las candidaturas para DIPUTADOS ante la Asamblea Legislativa
representando a la provincia de PUNTARENAS, correspondientes al partido
MOVIMIENTO LIBERTARIO en la forma descrita en el considerando de esta resolución.
Hágase saber a la parte interesada el derecho que le asiste de presentar los recursos de
evocatoria y apelación, siendo potestativo usar ambos recursos o uno solo de ellos,
contra esta resolución dentro de un plazo de tres días hábiles posteriores a la fecha que
se tenga por practicada la notificación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 240, 241 del Código Electoral, 21 del Reglamento para la Inscripción de
Candidaturas y Sorteo de la posición de los Partidos Políticos en las Papeletas y
resolución del Tribunal Supremo de Elecciones No. 5266-E3-2009 de las nueve horas y
cuarenta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil nueve. NOTIFIQUESE.-POR TANTO
HECTOR FERNANDEZ MASIS
DIRECTOR GENERAL
V°B°:
Conf:
Expediente: No. 10 - 2013
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